Ayuda para la mejora de tu vivienda

Es una subvención de la Generalitat Valenciana destinada a mejorar el interior de viviendas. Forma parte del Plan de Reforma Interior de Vivienda (Plan RENHATA)
El objetivo es financiar obras para hacer tu casa más cómoda, segura y eficiente.

Plazo de presentación: Desde 12-11-2025 hasta 12-01-2026

¿Qué tipo de obras se pueden realizar?

Algunos ejemplos de reformas que se pueden subvencionar:

  • Reparación de instalaciones interiores (electricidad, fontanería…)
  • Reformas de tabiquería (paredes, tabiques interiores)
  • Actuaciones para mejorar la sostenibilidad (aislamiento, domótica, eficiencia energética)
  • Adaptaciones para mejorar la accesibilidad o hacer la vivienda más funcional

 

REQUISITOS

  • Personas físicas (no empresas).
  • Deben ser propietarias, usufructuarias o arrendatarias de la vivienda.
  • En la línea de domótica (accesibilidad), además, debe residir en la vivienda una persona con grado de discapacidad ≥ 33 % o mayor de 60 años (según las convocatorias más recientes).

 

Condiciones de la vivienda

  • El edificio debe tener más de 20 años de antigüedad, salvo en los casos de adaptación para personas mayores o con discapacidad elevada.
  • La vivienda debe ser residencia habitual y permanente de la persona solicitante. Se acredita con empadronamiento previo a la solicitud.

 

Límites temporales de las obras

  • Las obras pueden estar terminadas en el momento de la solicitud o comenzarse después, pero deben finalizar, como máximo, 6 meses después de la concesión de la ayuda.
  • Para algunas convocatorias, se exige que el inicio de las obras sea posterior a una fecha concreta (depende de la convocatoria).

 

Costes subvencionables

  • El “presupuesto protegible” (es decir, la parte de la obra que se considera para calcular la ayuda) debe ser como mínimo 2.000 €, salvo en adaptaciones para personas con discapacidad o mayores, donde este mínimo puede cambiar.
  • El presupuesto protegible máximo es 12.000 €, aunque el presupuesto real de la obra puede ser mayor.
  • Se pueden incluir en ese presupuesto: coste de obra, honorarios de profesionales (hasta un 5% del coste de la obra), tasas e impuestos.
  • No se subvencionan ciertos elementos, como electrodomésticos (ej. horno o placa de cocina), según las bases.

 

Compatibilidad

  • Es compatible con otras ayudas para rehabilitación de elementos comunes del edificio. femeval.es
  • Si ya has recibido ayuda del plan RENHATA antes, puedes solicitar de nuevo para una “actuación diferente” —pero se limita que la suma de los presupuestos protegibles no supere los 12.000 €.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA

Las ayudas pueden alcanzar hasta 12.000 € por vivienda

    1. Subvención básica: 5 % del presupuesto protegido, con un máximo de 600 €.

    2. Subvención adicional (primera) por baremación: entre 25 % y 35 % del presupuesto protegido, con un máximo de 3.000 € a 4.200 € según los puntos obtenidos.

    3. Subvención adicional (segunda) por sostenibilidad: hasta 10% adicional dependiendo de criterios sostenibles, con un tope máximo de 1.200 €

 

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Formulario de la solicitud: Tienes que rellenar la solicitud oficial que proporciona la Generalitat en su sede electrónica.

Identificación de la persona solicitante: DNI / NIE u otro documento de identidad válido.

Título de la vivienda: Escritura de propiedad, o en su defecto documento que demuestre que eres usufructuario/a o arrendatario/a

Certificado de empadronamiento

Proyecto técnico / Memoria técnica

  • Memoria descriptiva de la reforma que vas a hacer (qué reformas, por qué, cómo se van a ejecutar).
  • Planos de la vivienda “antes” y “después” de la reforma (según los técnicos colaboradores).

Presupuesto detallado de las obras

  • Debes presentar un presupuesto desglosado: coste de la obra, materiales, mano de obra, instalaciones, etc.
  • También se deben incluir los honorarios técnicos si los hay (arquitecto, aparejador…) hasta un 5% como máximo, siempre que estén justificados.

Licencias o permisos

Si la reforma requiere licencia municipal (obra), debes acreditar que la obtendrás o ya la tienes. La base reguladora exige que “la actuación contará con las licencias necesarias y requeridas por las administraciones correspondientes.”

Justificantes económicos

  • Si la obra ya ha sido hecha o está en curso: facturas de las obras, recibos o justificantes bancarios de pago para justificar los costes. Según los técnicos, hay que guardar estas facturas para la “calificación definitiva” de la ayuda.
  • Si la reforma ya está terminada, también se requieren fotografías “antes y después” para ver que la ayuda se corresponde con las obras realizadas.

Alta de técnico colaborador (si aplica)

  • Si vas a usar un técnico colaborador (“gestor de rehabilitación” o arquitecto) para tramitar la ayuda, ese técnico debe estar inscrito como “persona técnica colaboradora” en la convocatoria
  • En este caso, se debe aportar un poder o autorización para que ese técnico presente la solicitud en tu nombre.

 

CÓMO SE SOLICITA

¿Cómo tramitarlo?

  • El trámite es telemático: debes presentar la solicitud con firma electrónica por la sede de la Generalitat. Acceso al trámite aquí: Solicitud Ayuda
  • Si no tienes medios digitales, puedes acudir a las oficinas físicas (XALOC u otras oficinas de la Conselleria de Vivienda) donde te pueden ayudar a rellenar la documentación.
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