Categoría de las familias monoporantales

Categoría de las familias monoparentales y en situación de monoparentalidad. Las familias monoparentales o en situación de monoparentalidad se clasifican en dos categorías: Especial y General.

ESPECIAL:

-Las familias con dos o más personas descendientes.

-Las familias con una persona descendiente cuando los ingre- sos anuales de la unidad familiar, incluidas las pensiones de alimentos, divididos por el número de unidades de consumo, no superan el 100 por ciento del IPREM vigente calculado en doce mensualidades.

-Las familias con una persona descendiente que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.

-Las familias con una persona descendiente, en las que la persona que encabeza la unidad familiar tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, la incapacidad permanente absoluta o la gran invalidez.

-Las familias formadas por una mujer que ha sufrido violencia de género, de acuerdo con la Ley orgánica 1/2004, por parte del progenitor, y la descendencia sobre la que tiene la guarda y custodia.

GENERAL: las familias que, a pesar de cumplir alguna de las condi- ciones del artículo 2 de este decreto, no se encuentran en las situaciones descritas en el apartado

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