29 Dic Ayudas por muerte y supervivencia
GESTIONADO POR LA SEGURIDAD SOCIAL
Hay 5 tipos de prestaciones: pensión de viudedad, prestación temporal de viudedad, pensión de orfandad, prestación de orfandad por violencia contra la mujer, otras prestaciones.
Pensión de viudedad
Cuanto tu pareja matrimonial fallece, tienes derecho a cobrar la pensión cuando cumples los siguientes requisitos:
- Si fallecimiento es por enfermedad común: 500 días cotizados dentro de los últimos 5 años de forma ininterrumpida
- Si fallecimiento es por accidente (sea o no de trabajo): NO se exige período previo de cotización
- Pensionistas: NO se exige período de cotización
- Si la persona fallecida no se encuentra dada de alta: período mínimo de cotización de 15 años
Si el matrimonio ha sucedido cuando la persona ya estaba enferma con una enfermedad común, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Hijos en común
- Que el matrimonio se haya celebrado con 1 año de antelación al fallecimiento o haber convivido como pareja de hecho durante dos años (sumado al matrimonio)
En casos de pareja de hecho:
- Estar inscrita como pareja de hecho 2 años antes del fallecimiento
- Convivencia de mínimo 5 años (solo cuando no hay hijos en común)
La cuantía de la pensión es de entre un 52% y un 70% de la base reguladora
Causas de extinción:
- Contraer matrimonio o pareja de hecho
- Por sentencia firme de culpabilidad en la muerte del causante
- Por fallecimiento
- Por comprobarse que no falleció
- Por condena/sentencia firme de homicidio
Prestación temporal de viudedad
Cuando no pueda acceder a la pensión de viudedad por NO acreditar matrimonio de 1 año o por no tener hijos en común
Se tienen que cumplir los requisitos de alta y cotización
Duración: 2 años
Cuantía igual a la pensión de viudedad
Pensión de orfandad
Para los hijos/as de la persona fallecida
Requisitos de los hijos/as:
- Ser menores de 21 años o mayores con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez
- En caso de orfandad absoluta o con discapacidad de 33% mayor de 21 años que no cobre más del SMI
- En caso de orfandad absoluta o con discapacidad de 33% mayor de 21 años que esté estudiando
Cuantía: 20% de la pensión de viudedad
Si la muerte es por accidente de trabajo o enfermedad profesional: indemnización especial
Prestación por orfandad por violencia contra la mujer
Siempre cuando el fallecimiento de la madre sea por violencia de género y no se tenga derecho a la pensión de orfandad.
El beneficiario debe residir legalmente en España.
Otras prestaciones por muerte y supervivencia
Depende de los casos y requisitos particulares, se pueden acceder a otro tipo de ayudas: pensión o subsidio en favor de familiares distintos de cónyuge e hijos (nietos y hermanos, madre y abuelas, hijos y hermanos), el auxilio por defunción (por gastos del sepelio), así como indemnizaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
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