
29 Dic Prestación para Seguro Escolar Obligatorio
Es un seguro obligatorio que protege a todas las personas estudiantes menores de 28 años desde 3º de la ESO hasta el tercer ciclo universitario, frente a accidentes escolares, enfermedades o infortunio familiar.
¿Qué riesgos cubre?
►Accidentes escolares. Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio.
►Enfermedad. Asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Incluye la cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea . En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia y cirugía maxilo-facial.
►Infortunio familiar. Esta prestación cubre situaciones sobrevenidas en el hogar del estudiante que le impiden continuar los estudios, incluido el doctorado. Pueden ser la muerte de la madre o el padre , así como la ruina o quiebra familiar.
Requisitos
- Menores de 28 años (estudiantes)
- Residir legalmente en España
- Estar matriculado en un centro educativo
- Haber abonado la cuota correspondiente del Seguro Escolar en el año presente.
- Período mínimo de un año desde que el estudiante se matriculó por primera vez en cualquier centro de enseñanza
Documentación
- DNI/NIE/Libro de Familia
- Documentación médica específica para cada caso
- Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de estudios donde se especifique el curso y especialidad que realizan, así como el abono de cuotas del Seguro Escolar.
- Para los estudiantes universitarios, resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, las asignaturas y el pago de la cuota del Seguro Escolar.
La documentación señalada en el punto anterior, referida al curso anterior al de la solicitud, a efectos de justificar la cotización de un año.
¿Cómo tramitar la ayuda?
Puedes acceder al trámite en este enlace: Ayuda seguro escolar
Plazos:
- El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año.
- Las prestaciones sanitarias se deben solicitar con carácter previo a la asistencia médica para el reconocimiento del derecho, con la excepción siguiente: en casos de urgencia debidamente acreditada por el facultativo, puede presentarse en el plazo de 5 años.
- Para solicitar gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas es de cinco años.
El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días.
Loli
Posted at 08:12h, 13 eneroBuenos días, soy Familia Monoparental y me gustaría saber si éste tipo de ayuda la puede recibir mi hija, estoy leyendo el formulario a rellenar y mi hija no a sufrido ningún accidente
Mery
Posted at 07:13h, 15 eneroHola Loli, esta prestación es para cuando sucede un accidente o se desarrolla una enfermedad. No es para cubrir el gasto del seguro obligatorio. Gracias por hacernos la pregunta, hemos modificado la información para que esté más clara. Un abrazo!!